Padrón de habitantes
¿Tienes dudas o necesitas ayuda en los trámites del padrón?
Entra en nuestra sección de preguntas frecuentes y encontrarás respuesta.
01.- ¿Puedo realizar un trámite en el padrón a nombre de otra persona?
No. Los documentos relacionados con trámites padronales deben ser firmados siempre por la persona interesada o en caso de menores o personas incapacitadas por su representante legal.
02.- ¿Puedo empadronar a alguna persona que no figura en el contrato de alquiler?
Si, pero siempre que autorice a la persona propietaria o titular del contrato de alquiler, acompañado de la identificación de la persona que autoriza.
03.- Tengo contrato de alquiler de una habitación, ¿necesito la autorización de las demás personas empadronadas en el domicilio?
No, sólo debe llevar el contrato de alquiler + recibo actualizado (si el contrato tiene más de 6 meses) donde conste la dirección exacta de la vivienda y donde quede claramente detallado que se trata de contrato de una habitación y ésta esté debidamente identificada en el documento.
04.- ¿Necesito la firma del propietario para empadronarme en un domicilio alquilado?
Si el piso está vacío, será suficiente con el contrato de alquiler y el recibo actualizado en el que conste la dirección exacta de la vivienda.
Si el piso está vacío será suficiente con el contrato de alquiler + recibo actualizado (si el contrato tiene más de 6 meses) en el que conste la dirección exacta de la vivienda. Si en el piso ya constan personas empadronadas necesitará también la firma e identificación de la persona propietaria o persona titular del contrato de alquiler o bien está incluido en el contrato de alquiler mediante un anexo al contrato.
05.- ¿Tengo que solicitar la baja de un familiar que ha fallecido recientemente?
No es necesario, el registro civil lo comunicará. No obstante, si necesita un documento acreditativo de esta circunstancia y Registro Civil todavía no lo ha comunicado, puede comunicarlo usted.
06.- ¿Es necesario empadronar a un nuevo nato?
Si , es conveniente hacerlo.
07.- ¿Puedo empadronarme en un lugar diferente al que vivo?
Todo el mundo debe estar empadronado en el domicilio donde resida más tiempo al año.
08.- ¿Cuántas personas pueden estar empadronadas en un mismo domicilio?
Las que realmente vivan. Las funciones inspectoras se utilizan para comprobar la realidad de las personas que viven en un domicilio y evitar fraudes.
09.- Vivo en un domicilio familiar y no soy propietaria, ni tengo contrato de alquiler. ¿Qué documentación debo llevar?
En este caso será necesaria una autorización y el documento identificativo de la persona propietaria o titular del contrato de alquiler donde declare que usted reside en el domicilio. Si hay más personas empadronadas en la vivienda, será necesario por la persona propietaria también que lo indique dado que usted entrará a formar parte de esta unidad familiar.
10.- Si soy la persona propietaria o titular del contrato de alquiler y no resido en cuyo domicilio soy titular o inquilino, ¿puedo empadronarme cuando vaya a residir?
Si no hay otra persona empadronada, sí. Es necesario acreditar la titularidad por medio de la escritura de propiedad. Sin embargo, si en el domicilio consta alguna otra persona empadronada, deberá indicar el nombre de estas personas, puesto que entrará a formar parte de la misma unidad familiar.
11.- Quiero empadronarme en el domicilio en el que resido pero no puedo acreditar la disponibilidad del domicilio. ¿Qué debo hacer?
Es necesario presentar instancia que encontrará en el trámite: Petición de alta o cambio de domicilio de padrón (cuando no se pueden justificar los requisitos y aportar toda la documentación posible para poder formalizar el empadronamiento (consulte la documentación del trámite), en la instancia se detallarán los datos de las personas que se empadronan, así como la dirección del domicilio de residencia.
El Ayuntamiento realizará las diligencias que crea oportunas y, una vez verificados los datos, dará respuesta a su solicitud.
12.- Cuando me empadrono en una vivienda y hay personas empadronadas que ya no viven, ¿tengo que hacer algo?
No, si existen personas empadronadas que ya no residen en la vivienda cuando se realice la nueva inscripción se iniciará expediente de baja por inscripción indebida a las personas empadronadas. Para evitar estas situaciones es importante que todo el mundo se empadrone en la vivienda en la que esté residiendo.
13.- ¿Es necesario renovar el empadronamiento?
No es necesario renovar el empadronamiento, excepto en el caso de ciudadanos con una nacionalidad de un país que no es miembro de la Unión Europea que carecen de residencia permanente en España. Estas personas deben renovarlo cada dos años de de la fecha de empadronamiento inicial; si no lo hacen, el Ayuntamiento tramitará su baja del padrón.
Sin embargo, el ayuntamiento puede pedir la confirmación de residencia en un domicilio a cualquier persona, independientemente de su nacionalidad. Si el ciudadano no contesta al requerimiento, se entenderá que no vive en el domicilio en el que consta empadronado y se iniciará procedimiento de baja de oficio tal y como indica la normativa vigente reguladora del empadronamiento.
14.- ¿Cómo se realizan los trámites de padrón?
Los trámites de padrón se pueden realizar telemáticamente con certificado digital a través de la sede electrónica.
También se pueden hacer presencialmente pidiendo cita previa:
- Por internet en Cita previa
- A través del teléfono de atención ciudadana 977 010 010
15.- Diferencias entre el volante y el certificado de empadronamiento
El volante es un documento informativo que indica dónde estás empadronado. Tiene efectos meramente informativos y se utiliza para trámites sencillos donde sólo es necesario demostrar el domicilio, tales como inscripciones escolares.
El certificado es un documento oficial y con validez jurídica, firmado por el ayuntamiento. Se utiliza cuando un organismo exige una acreditación formal y certificada del padrón, tiene valor legal y está firmado por la autoridad competente.
16.- ¿Qué es el certificado individual de padrón automatizado?
El certificado individual de padrón automatizado es un documento oficial que acredita que una persona está o ha sido empadronada en un domicilio de Reus, y puede descargarse al momento. Tiene validez jurídica, incluye los datos personales, la dirección y la fecha de inscripción en el padrón, y es válido durante 3 meses.
Sirve por dos tipos de acreditación:
- Certificado de empadronamiento individual — confirma que la persona está empadronada en la dirección actual.
- Certificado histórico/negativo — muestra toda la trayectoria padronal de la persona en Reus.
Sólo puede solicitarlo persona titular y comporta el pago de una tasa dentro del mismo trámite online. Una vez pagado, se genera automáticamente el certificado.
Para la mayoría de trámites habituales es suficiente con el volante de empadronamiento, pero cuando es necesario un documento con validez legal (por ejemplo, extranjería o procesos judiciales), se pide el certificado.
Los certificados que no sean individuales o históricos (como el de unidad familiar) se deben pedir por otro trámite no automatizado y se envían posteriormente.
17.- Diferencia entre el certificado de empadronamiento y el certificado individual de empadronamiento automatizado
La diferencia central es que el certificado automatizado se obtiene al momento y sólo cubre los supuestos más simples, mientras que el certificado no automatizado se emite telemáticamente o de forma presencial, sirve para casos que requieren una acreditación más específica o compleja y no es inmediato.
El certificado automatizado:
- Se puede descargar de inmediato online.
- Sólo puede pedirlo la persona titular.
- incluye certificado individual o certificado histórico/negativo.
- Requiere pago de tasa dentro del mismo trámite.
- Cubre los casos más habituales y directos.
977 010 010