Criterios de prioridad y documentación

Criterios de prioridad, complementarios y desempate durante la preinscripción escolar del curso 2024-2025

2º ciclo de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria (I3 a 4º de ESO)

Cuando el número de solicitudes es superior a la oferta, se aplican las prioridades y criterios que determina la
normativa vigente para ordenar las solicitudes y asignar puestos escolares de los centros. Estos criterios pueden ser
prioritarios o complementarios.

Puede encontrar toda la información relacionada con la Preinscripción para el curso 2024-2025 aquí


CRITERIOS PRIORITARIOS puntuación
Hermanos escolarizados en el centro 50
Proximidad del domicilio (dirección trabajo 20 puntos y vivir en el municipio 10 puntos). No se puede acumular más de una puntuación 30
Beneficiarios de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía 15
CRITERIOS COMPLEMENTARIOS (en caso de empate) puntuación
Padre, madre o tutor o tutora legal trabajando en el centro educativo 10
familia numerosa 10
Familia monoparental 10
Alumnos nacidos en parte múltiple  10
Alumno en situación de acogimiento familiar 10
Niño, padre, madre, hermano o hermana con discapacidad igual o superior al 33% (o pensión incapacidad permanente) 15
Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo de acuerdo con el régimen regulador 10

 

 


documentación

La documentación que sea necesario presentar debe adjuntarse, escaneada o fotografiada, en la solicitud de preinscripción que será accesible mediante el enlace a la web del Departamento durante el plazo de presentación de documentación.

Formulario electrónico: ninguna documentación identificativa si se ha indicado el núm. de IDALU/RALC, si no se ha hecho será necesario adjuntar el libro de familia o el documento acreditativo de filiación. 

Formulario en soporte informático: documento identificativo de la persona solicitante para validar la identidad y libro de familia o documento acreditativo de la filiación. Documento identificativo del menor si tiene. 

En ambas opciones si el menor está en situación de acogimiento en familia o institución es necesario adjuntar la resolución de acogimiento del Departamento de Derechos Sociales. 

Consulta del nº. RALC (con identidad digital)

Documentación que acredite el cumplimiento de los criterios alegados. Cuando el Departamento no puede acceder a la información correspondiente mediante intercambio electrónico de datos entre administraciones. En este caso se detallará en el resguardo de presentación de la solicitud.

Si es necesario presentar documentación en todo caso cuando: 

- Se alegue el criterio de ser beneficiarios de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía: documentación acreditativa de ser beneficiario/a de la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía.

- Se alegue que el hermano/a está escolarizado en un centro público que tiene la consideración de centro único con el centro para el que se pide plaza: certificado cielo centro donde está escolarizado.

- Se alegue la proximidad del puesto de trabajo del padre, madre tutor/a o guardador/a: contrato laboral o un certificado emitido al efecto por la empresa; trabajadores en régimen de autónomos el domicilio acreditado en la Agencia Tributaria con el formulario de la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligatos tributarios (modelo 036 o 037).

- Se alegue que la afectación por discapacidad es por ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente de grado total, absoluta o de gran invalidez y los de las clases pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad: documento acreditativo de ser beneficiario/a de este tipo de pensión.

- Se alegue parte múltiple: libro de familia 

- Se alegue acogimiento familiar: reolución del Departamento de Derechos Sociales

- Se alegue la condición de víctima de violencia de género o terrorismo: certificado que lo acredite. 

Cuando se aleguen criterios de discapacidad del alumno/a, padre o madre, tutor/a o hermanos, y formar parte de una familia numerosa o monoparental se consultarán electrónicamente si no se ha opuesto. Habrá que disponer en ese momento de los carnets ya que hay que indicar el nudo. Sólo será necesario adjuntarlos si no se ha podido acceder a la información. En tal caso, se detallará la información a acreditar en el resguardo de presentación de la solicitud. En caso de oposición será necesario adjuntar el carné correspondiente. 

Los datos de residencia habitual por criterios de proximidad  se obtienen electrónicamente del padrón municipal si no se han opuesto. En caso de oposición habrá que adjuntar el volante municipal de convivencia correspondiente en el que debe constar el/la solicitante y el/la menor a escolarizar. 

El criterio de padre/madre o tutor/a legal que trabaje en el centro no debe acreditarse ya que el mismo centro hace la comprobación. 

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos que sus datos serán incorporados a un fichero informatizado para su tratamiento y para facilitar la comunicación y/o para la gestión específica de su solicitud. El responsable del fichero es el Ayuntamiento de Reus, quien garantiza la confidencialidad en el tratamiento de los datos de carácter personal que se recogen, así como la implementación de las medidas de orden técnico y organizativo que garanticen su seguridad. Además, el Ayuntamiento se compromete a no cederlas a terceros sin consentimiento explícito del usuario excepto cuando sea necesario para llevar a cabo la gestión que se solicite o cuando la ley así lo obligue. Puede dirigirse a la Oficina de Atención Ciudadana para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales.