Criterios de prioridad y documentación
Criterios de prioridad, complementarios y desempate durante la preinscripción escolar del curso 2024-2025
2º ciclo de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria (I3 a 4º de ESO)
Cuando el número de solicitudes es superior a la oferta, se aplican las prioridades y criterios que determina la
normativa vigente para ordenar las solicitudes y asignar puestos escolares de los centros. Estos criterios pueden ser
prioritarios o complementarios.
Puede encontrar toda la información relacionada con la Preinscripción para el curso 2024-2025 aquí
CRITERIOS PRIORITARIOS | puntuación |
Hermanos escolarizados en el centro | 50 |
Proximidad del domicilio (dirección trabajo 20 puntos y vivir en el municipio 10 puntos). No se puede acumular más de una puntuación | 30 |
Beneficiarios de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía | 15 |
CRITERIOS COMPLEMENTARIOS (en caso de empate) | puntuación |
Padre, madre o tutor o tutora legal trabajando en el centro educativo | 10 |
familia numerosa | 10 |
Familia monoparental | 10 |
Alumnos nacidos en parte múltiple | 10 |
Alumno en situación de acogimiento familiar | 10 |
Niño, padre, madre, hermano o hermana con discapacidad igual o superior al 33% (o pensión incapacidad permanente) | 15 |
Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo de acuerdo con el régimen regulador | 10 |
documentación
La documentación que sea necesario presentar debe adjuntarse, escaneada o fotografiada, en la solicitud de preinscripción que será accesible mediante el enlace a la web del Departamento durante el plazo de presentación de documentación.
Formulario electrónico: ninguna documentación identificativa si se ha indicado el núm. de IDALU/RALC, si no se ha hecho será necesario adjuntar el libro de familia o el documento acreditativo de filiación.
Formulario en soporte informático: documento identificativo de la persona solicitante para validar la identidad y libro de familia o documento acreditativo de la filiación. Documento identificativo del menor si tiene.
En ambas opciones si el menor está en situación de acogimiento en familia o institución es necesario adjuntar la resolución de acogimiento del Departamento de Derechos Sociales.
Consulta del nº. RALC (con identidad digital)
Documentación que acredite el cumplimiento de los criterios alegados. Cuando el Departamento no puede acceder a la información correspondiente mediante intercambio electrónico de datos entre administraciones. En este caso se detallará en el resguardo de presentación de la solicitud.
Si es necesario presentar documentación en todo caso cuando:
- Se alegue el criterio de ser beneficiarios de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía: documentación acreditativa de ser beneficiario/a de la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía.
- Se alegue que el hermano/a está escolarizado en un centro público que tiene la consideración de centro único con el centro para el que se pide plaza: certificado cielo centro donde está escolarizado.
- Se alegue la proximidad del puesto de trabajo del padre, madre tutor/a o guardador/a: contrato laboral o un certificado emitido al efecto por la empresa; trabajadores en régimen de autónomos el domicilio acreditado en la Agencia Tributaria con el formulario de la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligatos tributarios (modelo 036 o 037).
- Se alegue que la afectación por discapacidad es por ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente de grado total, absoluta o de gran invalidez y los de las clases pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad: documento acreditativo de ser beneficiario/a de este tipo de pensión.
- Se alegue parte múltiple: libro de familia
- Se alegue acogimiento familiar: reolución del Departamento de Derechos Sociales
- Se alegue la condición de víctima de violencia de género o terrorismo: certificado que lo acredite.
Cuando se aleguen criterios de discapacidad del alumno/a, padre o madre, tutor/a o hermanos, y formar parte de una familia numerosa o monoparental se consultarán electrónicamente si no se ha opuesto. Habrá que disponer en ese momento de los carnets ya que hay que indicar el nudo. Sólo será necesario adjuntarlos si no se ha podido acceder a la información. En tal caso, se detallará la información a acreditar en el resguardo de presentación de la solicitud. En caso de oposición será necesario adjuntar el carné correspondiente.
Los datos de residencia habitual por criterios de proximidad se obtienen electrónicamente del padrón municipal si no se han opuesto. En caso de oposición habrá que adjuntar el volante municipal de convivencia correspondiente en el que debe constar el/la solicitante y el/la menor a escolarizar.
El criterio de padre/madre o tutor/a legal que trabaje en el centro no debe acreditarse ya que el mismo centro hace la comprobación.