Vivienda de protección oficial

La Administración reconoce con la calificación de Vivienda con Protección oficial (VPO) quienes se ajustan a las características y condiciones que establece la ley del derecho a la vivienda (Ley 18/2007). Los VPO están sujetos a un régimen jurídico ya unas condiciones de transmisión.
Existen diferentes tipologías y modalidades de vivienda con protección oficial, tanto en régimen de compra como de alquiler. Las condiciones para acceder a ellas están fijadas por el Plan para el derecho a la Vivienda 2009-2012.
Para poder ser adjudicatario de una vivienda de protección oficial, es un requisito imprescindible estar inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Cataluña.
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